{"id":2263,"date":"2012-09-10T12:52:45","date_gmt":"2012-09-10T11:52:45","guid":{"rendered":"http:\/\/revistaconsell.com\/?p=2263"},"modified":"2020-05-29T12:53:18","modified_gmt":"2020-05-29T11:53:18","slug":"una-lanza-a-favor-de-los-abogados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/una-lanza-a-favor-de-los-abogados\/","title":{"rendered":"Una lanza a favor de los abogados"},"content":{"rendered":"\n\n\n\t<div class=\"dkpdf-button-container\" style=\" text-align:right \">\n\n\t\t<a class=\"dkpdf-button\" href=\"\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2263\/?pdf=2263\" target=\"_blank\"><span class=\"dkpdf-button-icon\"><i class=\"fa fa-file-pdf-o\"><\/i><\/span> PDF<\/a>\n\n\t<\/div>\n\n\n\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Tengo la suerte de ser curiosa, y de que los amigos me ayuden a saciar esta necesidad primaria con reliquias que antes o despu\u00e9s aparecen en desvanes, casas cerradas o estanter\u00edas transparentes. En esta ocasi\u00f3n, es gracias a la generosidad de Casilda que me llega de Alella el regalo de una peque\u00f1a joya, restaurada excelsamente por ella misma, y que prometo cuidar con el inmenso respeto que merece.<\/p>\n\n\n\n<p>Es la continuaci\u00f3n y suplemento del Prontuario de Don Severo Aguirre, que b\u00e1sicamente comprende c\u00e9dulas y resoluciones de 1802. Es un recopilatorio, y ordena los textos no cronol\u00f3gicamente sino por materias, y a \u00e9stas por orden alfab\u00e9tico tomando la palabra clave que las identifica, as\u00ed que empieza por la \u201cA\u201d y lo primero que encontramos es \u201cABOGADOS\u201d. En principio de la p\u00e1gina 1 dice lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u201cCon fecha en Zaragoza \u00e1 29 de agosto pr\u00f3ximo ha comunicado el Excelent\u00edsimo Se\u00f1or Don Joseph Antonio Caballero al Excelent\u00edsimo Se\u00f1or Gobernador del Consejo la Real orden siguiente: Excelent\u00edsimo Se\u00f1or. El incesante desvelo del Rey en remover quantos obst\u00e1culos tiene la recta administraci\u00f3n de justicia, y en proporcionar los medios mas adequados para que sus Vasallos disfruten de lleno un bien tan apreciable, no ha podido menos de reparar que la multitud de Abogados en sus dominios es uno de los mayores males. La pobreza inseparable de una profesi\u00f3n que no puede socorrer \u00e1 todos, inventa las discordias entre las familias en vez de conciliar sus derechos: se sujetan, quando no \u00e1 vilezas, \u00e1 acciones indecorosas que los degradan de la estimacion p\u00fablica, y por \u00faltimo se hace venal el dict\u00e1men, la defensa de la Just\u00edcia, y en vez de la imparcialidad y rectitud de coraz\u00f3n, solo se encuentran medios y ardides que eternizan los pleytos, aniquilan \u00f3 empobrecen las casas (\u2026)\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Curiosa profesi\u00f3n, que tanto entonces como hoy, tanto puede enaltecer a la persona que la ejerza, como desvelar las m\u00e1s elevadas miserias.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>El problema era que la materia de estudio en uso no daba para la extensi\u00f3n de la formaci\u00f3n deseada para dar conocimiento y experiencias a los nuevos jurisconsultos<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-color\" style=\"color:#d7522c\">UNA NECESIDAD HIST\u00d3RICA<\/h4>\n\n\n\n<p>Segu\u00eda luego explicando Don Josep Garriga que <em>\u201cSi las leyes 4. tit. I. lib. 2: y 2. tit. 9. lib.3. de la Recopilaci\u00f3n se hubiesen entendido y observado como deb\u00edan, acaso estar\u00edamos muy distantes de este mal; pero por desgracia, en vez de obligar \u00e1 los profesores de Jurisprudencia \u00e1 que estudien todas las Leyes del Reyno, como previene la primera para los que han de ser Jueces, y \u00e1 que los estudios sean por diez a\u00f1os, como ordena la segunda; con solo el grado de Bachiller, y quatro a\u00f1os de Pasant\u00eda en el estudio de cualquier Abogado son en el dia recibidos, y los que no pueden ser Jueces por falta de los requisitos de la Ley se tiene por capaces de dirigir la administraci\u00f3n de Justicia, y ser Asesores de los Corregidores y Alcaldes no letrados: esto al paso que ha facilitado el ingreso \u00e1 una profesi\u00f3n en que se desea la madurez, experiencia y estudio continuado, envuelve cierta contradiccion, y rebaxa mucho la estimacion \u00e1 que son acreedores los que despu\u00e9s de un estudio largo y profundo en los Derechos, y una pr\u00e1ctica s\u00f3lida y extensa han llegado al t\u00e9rmino de sus afanes: para evitar pues este desorden, manda S.M. que desde aqu\u00ed adelante nadie pueda ser recibido de Abogado sin que haga constar que despu\u00e9s del grado de Bachiller, ha estudiado quatro a\u00f1os las Leyes del Reyno, present\u00e1ndose en las Universidades en que hay C\u00e1tedras de esta ense\u00f1anza, \u00f3 \u00e1 lo menos dos, pudiendo emplear los otros dos en el Derecho Can\u00f3nico, y sin que despu\u00e9s de estos estudios no acredite haber tenido por dos a\u00f1os la Pasant\u00eda en el estudio de algun Abogado de Chanciller\u00eda \u00f3 Audiencia, asistiendo freq\u00fcentemente \u00e1 las vistas de los pleytos en los Tribunales; lo que certificar\u00e1n los Regentes de ellos, \u00e1 quienes avisar\u00e1n los Abogados de los Pasantes que reciban para que les conste y puedan zelar y certificar su asistencia, \u00e1 fin de evitar los fraudes que en esto se cometen continuamente.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Es decir, que hace m\u00e1s de 200 a\u00f1os ya se pon\u00eda \u00e9nfasis en la necesidad de mayor y mejor formaci\u00f3n. Sorprende sin embargo el comunicado del Excelent\u00edsimo Se\u00f1or Don Joseph Antonio Caballero al a su vez Excelent\u00edsimo Se\u00f1or Gobernador del Consejo, tambi\u00e9n all\u00ed recopilado y de fecha 5 de octubre, que reza lo siguiente: <em>\u201cExcelent\u00edsimo se\u00f1or: Para que se cons\u00edgan los fines que el Rey se propuso quando en 23 de Agosto \u00faltimo prescribi\u00f3 los a\u00f1os de estudios que deben preceder al recibimiento de Abogados, es muy conveniente arreglar el estudio de las Leyes del Reyno, \u00e1 que deben dedicarse los profesores de Jurisprudencia despu\u00e9s del grado de Bachiller: la lectura de los nueve libros de la Recopilaci\u00f3n, y los Comentarios \u00e1 las Leyes de Toro por Antonio Gomez, es lo \u00fanico que se estudia, donde hay C\u00e1tedras de esta ense\u00f1anza como en Salamanca: pero no es bastante para adquirir una instrucci\u00f3n fundamental en las Leyes del Reyno que sea capaz de la extensi\u00f3n y perfecci\u00f3n que presta despu\u00e9s la experiencia y el manejo de negocios\u2026\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El problema era que la materia de estudio en uso no daba para la extensi\u00f3n de la formaci\u00f3n deseada para dar conocimiento y experiencias a los nuevos jurisconsultos. As\u00ed, en aquel momento la soluci\u00f3n fue la siguiente: <em>\u201cel que se asista todos los a\u00f1os \u00e1 dos C\u00e1tedras con la misma asignatura \u00f3 con diversa, tampoco trae conocida utilidad, y ser\u00e1 mejor que la asistencia \u00e1 una sola proporcione \u00e1 unos j\u00f3venes ya adelantados el tiempo necesario para la meditaci\u00f3n de las materias tratadas \u00f3 que deben tratarse, que es el \u00fanico medio de radicarse en ellas, con lo que al mismo tiempo se podr\u00e1 proporcionar una c\u00f3moda divisi\u00f3n de este estudio: as\u00ed pues, es la voluntad de S.M. que las C\u00e1tedras de prima de Leyes de Salamanca tengan \u00e1mbas su ense\u00f1anza por la ma\u00f1ana: que el Catedr\u00e1tico de la mas antigua explique por dos a\u00f1os, y por hora y media todos los dias lectivos las Instituciones de Castilla que escribieron Don Ignacio Jord\u00e1n y Asso, y Don Miguel de Manuel y Rodr\u00edguez, cuidando los maestros de corregir los defectos con que se hallan, y que al mismo tiempo ense\u00f1e la Recopilaci\u00f3n, de modo que en los dos a\u00f1os se pasen los nueve libros, detendiendose alg\u00fan tanto en las Leyes de Toro sin aligarse \u00e1 Comentario alguno, explicando el motivo de la Ley, las dudas que resolvi\u00f3 y la inteligencia mas recibida de ella; que el menos antiguo explique por el mismo espacio de hora y media por otros dos a\u00f1os las Leyes de Toro con mas extensi\u00f3n y baxo las reglas dichas, y al mismo tiempo la Curia Fil\u00edpica para instruirse en el \u00f3rden del enjuiciar, teniendo \u00e1 la svista las dem\u00e1s obras que de esta clase se han escrito par poder dirigir con acierto \u00e1 sus disc\u00edpulos que han de ser precisamente los que habiendo estudiado los dos a\u00f1os primeros en la mas antigua no pasen al estudio del Derecho Can\u00f3nico, y quieran seguir los quatro de Leyes del Reyno. Con este estudio, y procurando los profesores dedicarse \u00e1 la lectura del Prieto Sotelo, del Mesa Arte hist\u00f3rico legal, de la Themis hispana de Cort\u00e9s, vulgarmente dicha de Franchenau, y \u00e1 las Caras de Burriel \u00e1 Amaya, pueden salir de las Universidades con unos conocimientos nada vulgares, y en disposici\u00f3n de poder ser \u00fatiles \u00e1 la carrera de la Abogac\u00eda, y del Magisterio\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>Este recopilatorio ordena los textos por materias, y a \u00e9stas por orden alfab\u00e9tico tomando la palabra clave que las identifica, as\u00ed que empieza por la \u201cA\u201d y lo primero que encontramos es \u201cABOGADOS\u201d<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-color\" style=\"color:#d7522c\">SELECCI\u00d3N DE LA FORMACI\u00d3N<\/h4>\n\n\n\n<p>Hoy la situaci\u00f3n no parece muy diferente. Desde el punto de vista \u00e9tico, hay buenos y malos abogados como en todas las profesiones y oficios, pero sigue siendo la selecci\u00f3n de la formaci\u00f3n uno de los principales caballos de batalla de los gourmets culturales. Mientras los pol\u00edticos se sucedan a la par que sus respectivos planes de estudio, os aseguro que pocas profesiones como la abogac\u00eda est\u00e1n sufriendo las consecuencias de la inestabilidad social y cultural, y pocos profesionales est\u00e1n lidiando d\u00eda a d\u00eda para mantener el valor de la experiencia.&nbsp; Los conocimientos de un m\u00e9dico, un ingeniero o un f\u00edsico pueden ampliarse con los nuevos descubrimientos y las nuevas tecnolog\u00edas; todo suma, y a mayor estudio y edad mayor experiencia. No es lo mismo en el caso de los abogados. La superficialidad con la que se cambian constantemente todas las leyes, hacen que un Letrado profesional con 50 a\u00f1os de ejercicio a sus espaldas no sepa m\u00e1s que uno reci\u00e9n incorporado, porque su conocimiento de leyes derogadas, procedimientos inexistentes y pr\u00e1cticas caducas no le hacen m\u00e1s sabio sino s\u00f3lo m\u00e1s entra\u00f1able por su bagaje de anecdotarios, pero su experiencia en la tramitaci\u00f3n por ejemplo de un juicio r\u00e1pido, no puede ser mayor que la de un Letrado joven que se inicia en la profesi\u00f3n con la aprobaci\u00f3n de la Ley que los regula.<\/p>\n\n\n\n<p>Hoy los letrados luchan d\u00eda a d\u00eda con su constante y necesario reciclaje, tambi\u00e9n con la necesidad de reinventarse para adaptarse a las nuevas transformaciones, y son sensibles a la realidad de las t\u00e9cnicas alternativas de resoluci\u00f3n de conflictos porque precisamente, a pesar del paso del tiempo, sigue genuinamente siendo su meta el resolver los conflictos. Previni\u00e9ndolos, dialogando, buscando convergencias, adapt\u00e1ndose a otras profesiones afines, complementarias o nuevas o de nuevo nombre. Unos, como grandes especialistas de grandes firmas jur\u00eddicas multinacionales; otros, despachos cl\u00e1sicos, se mantienen artesanos de lo jur\u00eddicos, con una atenci\u00f3n de boutique a sus clientes, y lo que a todos ellos une es que son profesionales de elevada \u00e9tica y que todos ellos siguen estudiando, observando y finalmente practicando lo que saben hacer: resolver conflictos, con devoci\u00f3n, vocaci\u00f3n de servicio y honradez.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PDF Tengo la suerte de ser curiosa, y de que los amigos me ayuden a saciar esta necesidad primaria con reliquias que antes o despu\u00e9s aparecen en desvanes, casas cerradas o estanter\u00edas transparentes. 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