{"id":4142,"date":"2017-12-10T18:09:00","date_gmt":"2017-12-10T17:09:00","guid":{"rendered":"http:\/\/revistaconsell.com\/?p=4142"},"modified":"2020-06-11T18:09:51","modified_gmt":"2020-06-11T17:09:51","slug":"las-21-preguntas-sobre-seguros-que-nunca-te-atreviste-a-hacer","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/las-21-preguntas-sobre-seguros-que-nunca-te-atreviste-a-hacer\/","title":{"rendered":"Las 21 preguntas sobre seguros que nunca te atreviste a hacer"},"content":{"rendered":"\n\n\n\t<div class=\"dkpdf-button-container\" style=\" text-align:right \">\n\n\t\t<a class=\"dkpdf-button\" href=\"\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4142\/?pdf=4142\" target=\"_blank\"><span class=\"dkpdf-button-icon\"><i class=\"fa fa-file-pdf-o\"><\/i><\/span> PDF<\/a>\n\n\t<\/div>\n\n\n\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Exponemos en este art\u00edculo los diferentes tipos de p\u00f3lizas existentes, con el fin de esclarecer algunas dudas sobre este tema<\/p>\n\n\n\n<p>Es habitual que en una sobremesa salga el tema de los seguros\u2026 o, m\u00e1s bien, del por qu\u00e9 no han tenido cobertura algunos de los siniestros sufridos. Es un tema recurrente que demuestra en muchas ocasiones la falta de cultura aseguradora que hay en nuestra sociedad. De hecho, soy un firme defensor de formar en seguros desde las escuelas, aunque sea b\u00e1sicamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Es por eso que hace unos a\u00f1os, dentro de las clases que habitualmente imparto en algunos Colegios Profesionales, se me ocurri\u00f3 que el mejor camino para formar era el de contestar a las preguntas concretas que mis alumnos realizaban. Con esto consegu\u00eda resolver sus dudas y, al mismo tiempo, informar al resto de la clase.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLas 21 preguntas sobre seguros que nunca te atreviste a hacer\u201d es el resultado de esa idea y, a pesar de que con 21 preguntas no contestamos todos los interrogantes que han surgido y surgen, avanzamos algo en sus respuestas.<\/p>\n\n\n\n<p>Emprender es un riesgo en s\u00ed mismo y todas las empresas \u2013as\u00ed como un gran porcentaje de particulares- utilizan los seguros para garantizar la estabilidad de sus negocios o de sus familias. Parece razonable pensar que evitar todos los riesgos es algo imposible, que es m\u00e1s inteligente asumir que vamos a cometer alg\u00fan error y, por tanto, concentrarnos en limitar sus consecuencias. \u00bfPara qu\u00e9, si no, un cintur\u00f3n de seguridad?<\/p>\n\n\n\n<p>Una de las formas de limitar las consecuencias son los seguros con los que, mediante una p\u00f3liza, el asegurador asume el riesgo del asegurado a cambio de una prima (un precio). As\u00ed, en caso de que se produzca el siniestro contemplado en la p\u00f3liza, el asegurador indemnizar\u00e1 al beneficiario (que puede ser el mismo tomador, el asegurado o un tercero) los capitales asegurados.<\/p>\n\n\n\n<p>Las p\u00f3lizas de seguros se componen de condiciones particulares -donde estar\u00e1n los datos de quien contrata (tomador), sobre qui\u00e9n recae el riesgo (asegurado) y del beneficiario en caso de siniestro, as\u00ed como la fecha de efecto y vencimiento de la cobertura, la direcci\u00f3n y datos de cobro, entre otros, y de condiciones generales -que son las cl\u00e1usulas que regulan a todos los asegurados por igual y a las que nos adherimos-.<\/p>\n\n\n\n<p>Para que exista un riesgo se deben dar tres circunstancias: que sea posible, que sea incierto y que sea fortuito; pero tambi\u00e9n que sea econ\u00f3micamente perjudicial ya que, de lo contrario, en caso de siniestro no habr\u00eda indemnizaci\u00f3n posible.<\/p>\n\n\n\n<p>Como siempre, hay excepciones, y en este caso son los seguros de vida, en los que no hay un perjuicio econ\u00f3mico concreto y tampoco cumplen las tres circunstancias anteriormente mencionadas ya que la muerte es cierta, pero no sabemos cu\u00e1ndo ocurrir\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>En el momento que se dan todas estas circunstancias podemos asumir el riesgo nosotros mismos, o no hacerlo y traspasarlo a un asegurador a cambio de un precio. Tambi\u00e9n podemos asumir una parte (franquicia) y traspasar el resto a un asegurador. Franquicias hay de muchos tipos, pero destacar\u00e9 tres:<\/p>\n\n\n\n<ul><li>Porcentual: un porcentaje del siniestro va a nuestro cargo; por ejemplo, un 10% de los da\u00f1os.<\/li><li>Dineraria: un importe fijo, por ejemplo 150 euros de cada siniestro, a nuestro cargo.<\/li><li>Mixta: existe un porcentaje del siniestro a nuestro cargo con unos importes m\u00ednimo y m\u00e1ximo, por ejemplo, el 10% del siniestro con un m\u00ednimo de 150 y un m\u00e1ximo de 1.500 euros.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>No me extender\u00e9 en consideraciones t\u00e9cnicas, ya que necesitar\u00edamos toda la publicaci\u00f3n para ello, pero s\u00ed que me gustar\u00eda utilizar dos \u201cpalabros\u201d que seguramente habr\u00e1n o\u00eddo muchas veces o que incluso se los habr\u00e1n aplicado en alguna ocasi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Vamos a utilizar como ejemplo un riesgo sencillo, una p\u00f3liza de hogar. Para contratar una p\u00f3liza correctamente es importante que detallemos las caracter\u00edsticas del riesgo. Para explicarlo nos aprovecharemos de los dos \u201cpalabros\u201d.<\/p>\n\n\n\n<ul><li><strong>La regla de equidad <\/strong>es la reducci\u00f3n de la indemnizaci\u00f3n que se aplica en el caso de que la informaci\u00f3n del riesgo que se ha facilitado para la contrataci\u00f3n del seguro no se corresponda con el riesgo real. Si esta informaci\u00f3n se hubiera dado correctamente la prima hubiera sido superior a la pagada, por lo que la indemnizaci\u00f3n se reducir\u00e1 en la misma proporci\u00f3n entre la prima pagada y la que se hubiera tenido que pagar; es decir, todo aquello que se refiere a las caracter\u00edsticas del riesgo, como por ejemplo si se trata de un piso o un chalet, si es una primera o una segunda residencia, si disponemos de alarma, puerta blindada o rejas como medidas de seguridad o no&#8230; Todo ello puede hacer disminuir la prima del seguro, pero en caso de siniestro estas caracter\u00edsticas deben ser reales o aquella disminuci\u00f3n en el precio nos afectar\u00e1 proporcionalmente en la indemnizaci\u00f3n recibida.<\/li><li><strong>La regla proporcional <\/strong>es la reducci\u00f3n de la indemnizaci\u00f3n que se aplica cuando la suma asegurada es inferior a la suma real del bien. En este caso nos indemnizar\u00e1n en la misma proporci\u00f3n en que hayamos infra asegurado. Hay que recordar que las p\u00f3lizas de seguro son a valor total, lo que quiere decir que debemos asegurar todo y excluir expresamente aquello que no queramos cubrir. Para ello debemos hacer una valoraci\u00f3n de las paredes (continente) en base a los m2 construidos y la calidad de la construcci\u00f3n (existen diferentes publicaciones donde obtener el coste\/m2 seg\u00fan tipo de construcci\u00f3n, uso del edificio y calidades utilizadas. Yo, personalmente, consulto el Bolet\u00edn Econ\u00f3mico de la Construcci\u00f3n, pero hay otros).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Una vez conozcamos el coste\/m2 solo debemos multiplicar por los m2 construidos de nuestra vivienda y ya conoceremos el valor del continente a asegurar. \u00a1Pero, cuidado! El continente asegurado nunca debe ser el valor de la hipoteca o de compra de la vivienda: el coste del terreno o el valor comercial no se tiene en cuenta, ya que no es una p\u00e9rdida econ\u00f3mica y, tal como comentaba al principio del art\u00edculo, para que algo sea asegurable debe ser econ\u00f3micamente perjudicial. Por otro lado debemos hacer una valoraci\u00f3n del contenido, que es todo aquello que tenemos dentro del continente: muebles, electrodom\u00e9sticos, joyas, ajuar, cortinas, l\u00e1mparas. Es dif\u00edcil hacer un inventario completo, pero si dedicamos tan solo una hora a valorar nuestros contenidos, estoy seguro de que tendremos alguna sorpresa.<\/p>\n\n\n\n<h4>SEGUROS A PRIMER RIESGO<\/h4>\n\n\n\n<p>Existe una posibilidad de eliminar esta regla asegurando a primer riesgo en vez de a valor total, f\u00f3rmula sensiblemente m\u00e1s cara pero que agradeceremos en caso de siniestro si no nos hemos preocupado de tener actualizados los capitales de nuestro seguro.<\/p>\n\n\n\n<p>A primer riesgo quiere decir que no tendremos en cuenta los valores reales del bien a asegurar y que podremos por tanto asegurar el capital que nos convenga, hasta la cifra asegurada y sin aplicaci\u00f3n posible de la regla proporcional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfY en el caso de que el capital asegurado en mi p\u00f3liza fuera superior al valor real de la vivienda? Pues la aseguradora est\u00e1 obligada al extorno de la prima pagada en exceso de un a\u00f1o&#8230; y solo uno.<\/p>\n\n\n\n<p>Y, para finalizar, una recomendaci\u00f3n: asegurar a valor de nuevo. Con esta f\u00f3rmula la indemnizaci\u00f3n ser\u00eda la equivalente a comprar el bien nuevo con el valor que tiene en el momento de siniestro. Si se asegura a valor real la indemnizaci\u00f3n ser\u00e1 el valor resultante de deducir del valor de nuevo la depreciaci\u00f3n seg\u00fan su antig\u00fcedad, grado de utilizaci\u00f3n y estado de conservaci\u00f3n hasta el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Estoy seguro de que algo hemos aprendido&#8230;&nbsp;<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PDF Exponemos en este art\u00edculo los diferentes tipos de p\u00f3lizas existentes, con el fin de esclarecer algunas dudas sobre este tema Es habitual que en una sobremesa salga el tema de los seguros\u2026 o, m\u00e1s bien, del por qu\u00e9 no han tenido cobertura algunos de los siniestros sufridos. Es un tema recurrente que demuestra en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":14,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":0},"categories":[82],"tags":[],"author_meta":{"display_name":"Laura Par\u00eds","author_link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/author\/lauraparis\/"},"featured_img":null,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4142\/"}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post\/"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/14\/"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments\/?post=4142"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4142\/revisions\/"}],"predecessor-version":[{"id":4145,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4142\/revisions\/4145\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/?parent=4142"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories\/?post=4142"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags\/?post=4142"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}