{"id":4335,"date":"2018-12-10T08:53:38","date_gmt":"2018-12-10T07:53:38","guid":{"rendered":"http:\/\/revistaconsell.com\/?p=4335"},"modified":"2020-06-12T08:57:16","modified_gmt":"2020-06-12T07:57:16","slug":"trabajadores-autonomos-obligacion-de-comunicacion-telematica-con-la-seguridad-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/trabajadores-autonomos-obligacion-de-comunicacion-telematica-con-la-seguridad-social\/","title":{"rendered":"Trabajadores aut\u00f3nomos.  Obligaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n telem\u00e1tica con la Seguridad Social"},"content":{"rendered":"\n\n\n\t<div class=\"dkpdf-button-container\" style=\" text-align:right \">\n\n\t\t<a class=\"dkpdf-button\" href=\"\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4335\/?pdf=4335\" target=\"_blank\"><span class=\"dkpdf-button-icon\"><i class=\"fa fa-file-pdf-o\"><\/i><\/span> PDF<\/a>\n\n\t<\/div>\n\n\n\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">La Orden ESS\/214\/2018 de 1 de Marzo, publicada en el B.O.E n\u00famero 57, de 6 de Marzo, modifica la Orden ESS\/484\/2013de 26 de marzo con el fin principal de ampliar el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del Sistema RED mediante su extensi\u00f3n a nuevos colectivos<\/p>\n\n\n\n<p>La remisi\u00f3n electr\u00f3nica de datos en el \u00e1mbito de la Seguridad Social (Sistema RED) viene aplic\u00e1ndose desde el a\u00f1o 1995, constituyendo una necesaria herramienta para realizar de forma generalizada los tr\u00e1mites y actuaciones encaminados a la inscripci\u00f3n de empresas y la afiliaci\u00f3n, altas, bajas, variaciones de datos de los trabajadores, la informaci\u00f3n necesaria para cumplimiento de la obligaci\u00f3n de cotizar y la comunicaci\u00f3n de los partes m\u00e9dicos en los procesos de incapacidad temporal.<\/p>\n\n\n\n<p>La Orden ESS\/214\/2018 de 1 de Marzo, publicada en el B.O.E n\u00famero 57, de 6 de Marzo, modifica la Orden ESS\/484\/2013 de 26 de marzo con el fin principal de ampliar el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del Sistema RED mediante su extensi\u00f3n a nuevos colectivos, tal como se indica en el pre\u00e1mbulo de la Orden.<\/p>\n\n\n\n<p>De conformidad con el objetivo indicado, se establece que los trabajadores por cuenta propia o aut\u00f3nomos, los trabajadores incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) y los trabajadores del Grupo I del R\u00e9gimen Especial de Trabajadores del Mar tienen la obligaci\u00f3n de remitir por v\u00eda telem\u00e1tica todos los tr\u00e1mites que est\u00e9n relacionados con la afiliaci\u00f3n, cotizaci\u00f3n y recaudaci\u00f3n de cuotas de sus respectivos reg\u00edmenes, incluyendo la recepci\u00f3n, por comparecencia en la Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social&nbsp; (SEDESS), de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social.<\/p>\n\n\n\n<p>A los efectos indicados se estableci\u00f3 en su disposici\u00f3n transitoria primera un plazo de seis meses de adaptaci\u00f3n desde su entrada en vigor, que estaba prevista el 1 de abril de 2018. Por lo tanto, la obligaci\u00f3n ha devenido&nbsp; definitivamente efectiva a partir del 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores aut\u00f3nomos que en esa fecha se encuentren en alta en los reg\u00edmenes afectados. Adem\u00e1s, hay que tener en cuenta que la Tesorer\u00eda de la Seguridad Social no va a efectuar ninguna notificaci\u00f3n previa sobre esta obligaci\u00f3n por correo postal.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>Los trabajadores aut\u00f3nomos que no hayan ultimado los tr\u00e1mites de autentificaci\u00f3n deben hacerlo lo m\u00e1s pronto posible, ya que en caso contrario no recibir\u00e1n las notificaciones de la Tesorer\u00eda de la Seguridad Social<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<h4 class=\"has-text-color\" style=\"color:#d7522c\"><strong><span class=\"uppercase\">Dos canales de comunicaci\u00f3n<\/span><\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p>Habida cuenta de la efectivad de esta obligaci\u00f3n, la pregunta que nos planteamos, es la de d\u00f3nde se tienen que gestionar los tr\u00e1mites de los colectivos afectados con la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social. Para ello, la Tesorer\u00eda dispone de dos canales a trav\u00e9s de los cuales el trabajador aut\u00f3nomo podr\u00e1 realizar sus gestiones de forma telem\u00e1tica, cumpliendo as\u00ed con la obligatoriedad de utilizar medios electr\u00f3nicos:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 El Sistema RED (Remisi\u00f3n Electr\u00f3nica de Datos). A trav\u00e9s de este sistema, el autorizado RED (abogado, Administrador de Fincas, graduado social, gestor administrativo, etc.) actuar\u00e1 en representaci\u00f3n del trabajador aut\u00f3nomo. En el supuesto de que el trabajador aut\u00f3nomo no disponga de autorizado RED, podr\u00e1 hacerlo por s\u00ed en la Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social (SEDESS).\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 La Sede Electr\u00f3nica de la Seguridad Social (SEDESS), donde el trabajador aut\u00f3nomo puede realizar directamente sus tr\u00e1mites con la TGSS a trav\u00e9s de diversos servicios electr\u00f3nicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten tambi\u00e9n la presentaci\u00f3n de solicitudes por Registro Electr\u00f3nico.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Para acceder a los servicios de la SEDESS, el aut\u00f3nomo debe disponer de un sistema de autenticaci\u00f3n que garantice su identidad, como el certificado electr\u00f3nico admitido por la Seguridad Social y que puede gestionar en las oficinas de la Seguridad Social. Todos los servicios dirigidos a los trabajadores aut\u00f3nomos son accesibles con este medio de autenticaci\u00f3n, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telem\u00e1ticas. Permite adem\u00e1s la presentaci\u00f3n de solicitudes a trav\u00e9s del registro electr\u00f3nico. Tambi\u00e9n se puede utilizar el DNI electr\u00f3nico.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez el trabajador aut\u00f3nomo ha cumplido con todos los tr\u00e1mites de autentificaci\u00f3n, cuenta con una serie de servicios para la gesti\u00f3n de sus tr\u00e1mites en la Tesorer\u00eda de la Seguridad Social relacionados con la afiliaci\u00f3n y la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social, los cuales se resumen en la siguiente relaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Las actuaciones correspondientes con la finalidad de cursar el alta y la baja en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores Aut\u00f3nomos, as\u00ed como de la cotizaci\u00f3n y recaudaci\u00f3n de cuotas en los t\u00e9rminos previstos en cada r\u00e9gimen<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Formular el cambio de base de cotizaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Modificar la actividad por la cual ha quedado incluido en este R\u00e9gimen Especial<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Solicitar para el a\u00f1o siguiente la modificaci\u00f3n de los datos de cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y Mutua<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Cursar la variaci\u00f3n de datos<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, el trabajador aut\u00f3nomo puede solicitar determinados informes y certificados:<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Duplicado de la resoluci\u00f3n del alta o de la baja en el R\u00e9gimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Aut\u00f3nomos<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Informe o consulta sobre las bases de cotizaci\u00f3n y las cuotas ingresadas en el R\u00e9gimen<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Informe de estar al corriente de pago en las obligaciones con la Seguridad Social<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, aconsejar que los trabajadores aut\u00f3nomos que no hayan ultimado los tr\u00e1mites de autentificaci\u00f3n lo hagan lo m\u00e1s r\u00e1pidamente posible, ya que en caso contrario no recibir\u00e1n las notificaciones de la Tesorer\u00eda de la Seguridad Social, lo cual puede ser un elemento importante en el momento de computar cualquier plazo que pueda llevar aparejado la notificaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PDF La Orden ESS\/214\/2018 de 1 de Marzo, publicada en el B.O.E n\u00famero 57, de 6 de Marzo, modifica la Orden ESS\/484\/2013de 26 de marzo con el fin principal de ampliar el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del Sistema RED mediante su extensi\u00f3n a nuevos colectivos La remisi\u00f3n electr\u00f3nica de datos en el \u00e1mbito de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":3},"categories":[70],"tags":[],"author_meta":{"display_name":"Redaccio Consell","author_link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/author\/redaccioconsell\/"},"featured_img":null,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4335\/"}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post\/"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12\/"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments\/?post=4335"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4335\/revisions\/"}],"predecessor-version":[{"id":4336,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4335\/revisions\/4336\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/?parent=4335"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories\/?post=4335"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags\/?post=4335"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}