{"id":8936,"date":"2023-06-17T09:46:42","date_gmt":"2023-06-17T08:46:42","guid":{"rendered":"https:\/\/revistaconsell.com\/el-mercado-estrella-el-alquiler-de-habitaciones\/"},"modified":"2023-06-17T09:48:57","modified_gmt":"2023-06-17T08:48:57","slug":"el-mercado-estrella-el-alquiler-de-habitaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/el-mercado-estrella-el-alquiler-de-habitaciones\/","title":{"rendered":"El mercado estrella: el alquiler de habitaciones"},"content":{"rendered":"\n\n\n\t<div class=\"dkpdf-button-container\" style=\" text-align:right \">\n\n\t\t<a class=\"dkpdf-button\" href=\"\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8936\/?pdf=8936\" target=\"_blank\"><span class=\"dkpdf-button-icon\"><i class=\"fa fa-file-pdf-o\"><\/i><\/span> PDF<\/a>\n\n\t<\/div>\n\n\n\n\n\n\n<p>La imposibilidad de alquilar una vivienda en las principales capitales inmobiliarias del pa\u00eds debido a la escasa oferta, las garant\u00edas exigidas por numerosos arrendadores y especialmente por su elevado precio, trasladar\u00e1 al mercado de habitaciones una sustancial parte de la demanda inicialmente dirigida al arrendamiento convencional.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Los arriendos cuyo precio es igual o inferior a los 700 \u20ac \u00fanicamente representan el 0,3%, 0,6%, 1,8%, 2,4 % y 7,5% de la oferta de Barcelona, Palma, Madrid, Valencia y M\u00e1laga, respectivamente. El establecimiento del l\u00edmite en los 1.000 \u20ac aumenta ligeramente la disponibilidad en la capital catalana (10%) y la balear (10,2%) y lo hace de manera m\u00e1s pronunciada en la ciudad m\u00e1s poblada del pa\u00eds (22%), la levantina (31,2%) y la andaluza (40%).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El anterior desplazamiento de demanda es estimulado por la preferencia de numerosos j\u00f3venes por residir en la gran ciudad, ya sea por tener su trabajo en ella, familia, amistades o estar cerca de los principales centros de ocio. Tambi\u00e9n por la dificultad de encontrar un arrendamiento en su periferia pr\u00f3xima. As\u00ed, por ejemplo, en Mollet del Vall\u00e8s y Viladecans, dos municipios con una poblaci\u00f3n de 51.294 y 66.720 habitantes, solo existen en Idealista 14 y 24 pisos de alquiler disponibles, respectivamente.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os, la anterior coyuntura ha convertido en un tesoro las viviendas de una habitaci\u00f3n cuya superficie es inferior a los 40 m<sup>2<\/sup>, pues su rentabilidad supera significativamente a la proporcionada por un inmueble de similar calidad y ubicaci\u00f3n de 60 o m\u00e1s m<sup>2<\/sup>. Por regla general, cuanto menor es la extensi\u00f3n de un piso, m\u00e1s elevado es el importe del alquiler por m<sup>2<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed pues, el antiguo patito feo del mercado residencial se ha transformado en bello, pues las viviendas de un \u00fanico dormitorio fueron mucho m\u00e1s dif\u00edciles de vender que las dem\u00e1s durante la crisis inmobiliaria observada entre 2008 y 13. En los pr\u00f3ximos a\u00f1os, la anterior modalidad la incorporar\u00e1n numerosas nuevas promociones, si la normativa urban\u00edstica de la ciudad permite construir pisos con una superficie inferior a los 40 m<sup>2<\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>En materia de alquiler de habitaciones, los j\u00f3venes prefieren un <em>coliving<\/em> a un piso tradicional. Los principales motivos son la mayor calidad de sus instalaciones, la elevada superficie destinada a espacios comunes, la amplitud de las habitaciones, el disfrute de un ba\u00f1o en exclusiva o compartido entre dos personas y las actividades organizadas por su gestor para la comunidad de inquilinos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, una elevada demanda y una escasa oferta, a pesar de la elevada tasa de crecimiento de la segunda en los \u00faltimos a\u00f1os, han llevado su precio a un importe igual o pr\u00f3ximo a los 1.000&nbsp;\u20ac por habitaci\u00f3n en las dos principales capitales del pa\u00eds. No obstante, solo si el <em>coliving<\/em> est\u00e1 bien ubicado, sucediendo as\u00ed si se encuentra pr\u00f3ximo al centro comercial o de negocios de la gran urbe.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\"><p>El contrato de arrendamiento de temporada lo utilizan mucho m\u00e1s los propietarios en Barcelona que en Madrid<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>El anterior precio es prohibitivo para muchos bolsillos y en gran medida constituye el resultado de la elevada demanda efectuada por j\u00f3venes extranjeros. Unos clientes con un poder adquisitivo sustancialmente superior a los nacionales y una valoraci\u00f3n de la comunidad creada bastante por encima de los anteriores. El <em>coliving<\/em> les permite disfrutar de compa\u00f1\u00eda desde el primer momento de su estancia en la ciudad y hacer amigos m\u00e1s r\u00e1pidamente de lo que lo har\u00edan si vivieran en un piso para ellos solos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, un gran n\u00famero de los j\u00f3venes espa\u00f1oles debe conformarse con compartir un piso convencional. En numerosas ocasiones, uno de cuatro habitaciones que dispone de un solo ba\u00f1o. De ellas, lo m\u00e1s probable es que tres tengan menos de 10 m<sup>2<\/sup> y por cada una paguen un precio superior a los 500&nbsp;\u20ac mensuales.<\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos considera al alquiler de temporada como de uso distinto del de vivienda. Los principales arrendatarios son estudiantes de grado, m\u00e1ster y doctorado, as\u00ed como trabajadores desplazados. En la actualidad, dichos alumnos en Barcelona y Madrid suponen m\u00e1s del 70% de la demanda.<\/p>\n\n\n\n<p>En dicha tipolog\u00eda de arrendamiento, el aspecto clave no es su duraci\u00f3n, sino el motivo del alquiler. Un ejemplo de ello ser\u00eda la asistencia a un curso acad\u00e9mico y el plazo estipulado en el contrato alcanzar\u00eda los once meses. Si la comunidad aut\u00f3noma ha regulado las viviendas vacacionales, entre sus causas no puede estar el arriendo a turistas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Las principales ventajas son la generaci\u00f3n de una rentabilidad superior a la del alquiler convencional, la inefectividad de los controles de precios y un desahucio m\u00e1s r\u00e1pido de los inquilinos morosos. Los inconvenientes suponen la necesidad de amueblar el piso, la inexistencia de una desgravaci\u00f3n fiscal y una tasa de ocupaci\u00f3n anual m\u00e1s baja, pues existe una mayor rotaci\u00f3n de inquilinos.<\/p>\n\n\n\n<p>La diferencia de rentabilidad es especialmente notoria en las viviendas de elevada superficie y cuatro o m\u00e1s habitaciones. Un piso de 110 m<sup>2<\/sup>, bien ubicado, con dos ba\u00f1os y dormitorios de 10 o m\u00e1s m<sup>2<\/sup> puede rentar 2.800&nbsp;\u20ac mensuales (700&nbsp;\u20ac&nbsp;x&nbsp;4) a su propietario en Barcelona y Madrid. En el mercado de alquiler convencional, el importe m\u00e1s probable ser\u00eda 1.800&nbsp;\u20ac.<\/p>\n\n\n\n<p>Si se ha alquilado a estudiantes durante once meses, el importe anual obtenido se sit\u00faa en 30.800&nbsp;\u20ac. En cambio, si el destino es una familia que fijar\u00e1 su residencia en ella, la renta lograda en el conjunto del ejercicio asciende a 21.600&nbsp;\u20ac. Si le corresponde un tipo impositivo del ahorro del 21%, el rendimiento neto en el primer caso ser\u00e1 de 24.332&nbsp;\u20ac y en el segundo de 19.332&nbsp;\u20ac (desgravaci\u00f3n del 50% en el proyecto de la Ley de Vivienda).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El contrato de arrendamiento de temporada lo utilizan mucho m\u00e1s los propietarios en Barcelona que en Madrid. El principal motivo es el control de alquileres instaurado por la Generalitat de Catalunya entre septiembre de 2020 y marzo de 2022 y la elevada posibilidad de que vuelva aplicarse en la ciudad de forma permanente despu\u00e9s de la publicaci\u00f3n en el BOE de la Ley de Vivienda estatal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>La mayor\u00eda de los caseros que lo han adoptado tienen menos de 50 a\u00f1os, prefieren incurrir en un poco m\u00e1s de riesgo para obtener una mayor rentabilidad y especialmente quieren saltarse la actual limitaci\u00f3n de aumento del precio y cualquiera de las futuras. La disposici\u00f3n de un incremento m\u00e1ximo de la renta del 2% a los inquilinos antiguos no ha afectado a las viviendas en arrendamiento de temporada.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En definitiva, en las grandes capitales y en las medianas con una atractiva universidad, la evoluci\u00f3n del importe del alquiler de habitaciones ser\u00e1 mejor que la del arrendamiento convencional. Es lo que sucede siempre que el segundo se convierte en inaccesible para una sustancial parte de la demanda potencial.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar, porque el primero supone un menor dispendio para el inquilino. En segundo, debido a que los estudiantes y los trabajadores o emprendedores extranjeros le otorgan una gran importancia a la localizaci\u00f3n de la vivienda. En tercero, porque la elevada demanda desplazada asegura un gran ratio de ocupaci\u00f3n del piso (m\u00e1s del 80%).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, para algunos caseros, la caracter\u00edstica clave es la elusi\u00f3n de los controles de precios del arrendamiento convencional. Una disposici\u00f3n que llevar\u00e1 la Ley de Vivienda, si finalmente es aprobaba por el Parlamento. Por tanto, los propietarios, si contin\u00faa la anterior limitaci\u00f3n, tienen muy f\u00e1cil salt\u00e1rsela: trasladar el piso desde el alquiler tradicional al de temporada. Un movimiento que no mermar\u00e1 la rentabilidad obtenida, sino que la incrementar\u00e1.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PDF La imposibilidad de alquilar una vivienda en las principales capitales inmobiliarias del pa\u00eds debido a la escasa oferta, las garant\u00edas exigidas por numerosos arrendadores y especialmente por su elevado precio, trasladar\u00e1 al mercado de habitaciones una sustancial parte de la demanda inicialmente dirigida al arrendamiento convencional.&nbsp; Los arriendos cuyo precio es igual o inferior [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advgb_blocks_editor_width":"","advgb_blocks_columns_visual_guide":"","_editorskit_title_hidden":false,"_editorskit_reading_time":4},"categories":[90],"tags":[],"author_meta":{"display_name":"Redaccio Consell","author_link":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/author\/redaccioconsell\/"},"featured_img":null,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8936\/"}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post\/"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12\/"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments\/?post=8936"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8936\/revisions\/"}],"predecessor-version":[{"id":8937,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8936\/revisions\/8937\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/?parent=8936"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories\/?post=8936"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaconsell.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags\/?post=8936"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}